Df 1 Se regula el uso de la inteligencia artificial en la Administración del Principado de Asturias y su sector público
D.F. 1ª. Segunda modificación del Decreto 37/2018, de 18 de julio, de organización y desarrollo de los instrumentos de funcionamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones y de la seguridad de la información de la Administración del Principado de Asturias y su sector público
GPT Iberley IA
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Se añade un artículo 6 bis Funciones del CEDISI en materia de Inteligencia Artificial (IA) al Decreto 37/2018, de 18 de julio, de organización y desarrollo de los instrumentos de funcionamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones y de la seguridad de la información de la Administración del Principado de Asturias y su sector público con el siguiente contenido literal:
«Artículo 6 bis Funciones del CEDISI en materia de Inteligencia Artificial (IA)
a) Informar la estrategia en materia de IA en el Principado de Asturias, así como fomentar la formación en esta materia para los empleados públicos.
b) Emitir dictámenes y/o recomendaciones sobre cuestiones relacionadas con la aplicación de la IA, previa petición del titular de la Consejería competente en materia de IA.
c) Revisar la adecuación a la planificación de las propuestas de inversión y gasto en equipos y servicios en materia de IA.
d) Proveer de información a la Administración del Principado de Asturias, a otras Administraciones públicas, sectores interesados y a la ciudadanía en general, constituyéndose en nodo de acceso libre a la difusión de contenidos sobre IA.
e) Promover la divulgación del conocimiento en materia de IA, para mejorar el acceso de la ciudadanía no experta al conocimiento.»
