Df 1 el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Autónoma de La Rioja
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»D.F. 1ª. Facultades de desarrollo.
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Se habilita al Consejero con competencias en materia de vivienda a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Decreto, así como a modificar las condiciones mínimas establecidas en los Anexos.
