Df 1 Sostenibilidad Energética de la C.A. Vasca
D.F. 1ª.- Modificación del artículo 39.2 del Decreto 25/2019, de 26 de febrero, de certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco, su procedimiento de control y registro.
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Se modifica el artículo 39.2 del Decreto 25/2019, de 26 de febrero, de certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco, su procedimiento de control y registro que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 39.- Competencia para imponer sanciones.
La competencia para la imposición de las sanciones correspondientes a las infracciones en materia de certificación energética de los edificios corresponde a los siguientes órganos:
1.- La persona titular del Departamento con competencias en materia de Energía, para las infracciones muy graves.
2.- La persona titular de la Dirección del Gobierno Vasco con competencias en Energía para las infracciones graves y leves.»
