Df 10 Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración de Canarias, y para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar
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»D.F. 10ª. Entrada en vigor.
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1. El presente Decreto ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, salvo lo previsto en los dos siguientes apartados.
2. La disposición adicional cuarta entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
3. Lo previsto en la disposición adicional quinta y en la disposición final séptima entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024.
Dado en Canarias, a 31 de julio de 2024.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Fernando Clavijo Batlle.
LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD, Nieves Lady Barreto Hernández
