Df 2 Agencia de Ciberseguridad
Ver Indice
»D.F. 2ª. Constitución de la Agencia
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En el plazo de un año a contar de la entrada en vigor de la presente ley, la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña debe constituirse, el Gobierno debe aprobar sus estatutos y las normas necesarias para su desarrollo, y deben adscribirse a la Agencia los bienes de dominio público.
