LEY 15/2017, de 25 de julio, de la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña. - Diario Oficial de Cataluña de 31-07-2017
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022
F. entrada en vigor: 01/08/2017
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 7423
F. Publicación: 31/07/2017
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Creación, naturaleza jurídica y régimen jurídico
Artículo 2. Objeto y funciones
CAPÍTULO II. Estructura orgánica
Artículo 3. Órganos de gobierno
Artículo 4. El Consejo de Administración
Artículo 5. La Dirección
Artículo 6. Estatutos
CAPÍTULO III. Régimen económico y financiero, de contratación, de personal y de control
Artículo 7. Régimen económico y financiero
Artículo 8. Régimen de contratación
Artículo 9. Régimen de personal
Artículo 10. Régimen de control
CAPÍTULO IV. Relación con el departamento de adscripción
Artículo 11. Contrato programa
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Adscripción a la Agencia de los bienes de dominio público
D.A. 2ª. Cesión a la Agencia de los activos materiales, del personal y del presupuesto y subrogación en los contratos y convenios
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Ejercicio de las funciones de la Fundación Centro de Seguridad de la Información de Cataluña hasta la constitución de la Agencia
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 29/2010, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña
D.F. 2ª. Constitución de la Agencia
D.F. 3ª. Disolución de la Fundación Centro de Seguridad de la Información de Cataluña
D.F. 4ª. Autorizaciones
D.F. 5ª. Entrada en vigor