Df 2 Cabildos insulares
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D.F. 2ª.- Revisión de la legislación sectorial para eliminar duplicidades competenciales.

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En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, se procederá por parte de los distintos departamentos de la Administración autonómica y de los cabildos insulares al análisis y la revisión de la legislación sectorial correspondiente a los ámbitos funcionales de sus competencias para detectar y corregir las duplicidades de competencias administrativas de las distintas administraciones públicas de Canarias. Transcurrido ese plazo, se remitirá por el Gobierno de Canarias una comunicación al Parlamento con los resultados obtenidos a los efectos de emitir las propuestas de resolución correspondientes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-04-2015 en vigor desde 14-06-2015