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Df 2 Condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local

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D.F. 2ª.

Vigente

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El presente Decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 5 de diciembre de 2006.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, p.s., LA VICEPRESIDENTA

(Decreto 289/2006, de 30 de noviembre, del Presidente),

María del Mar Julios Reyes.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA, p.s., EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

(Decreto 290/2006, de 30 de noviembre, del Presidente),

Pedro Jorge Rodríguez Zaragoza.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-12-2006 en vigor desde 19-06-2007