Df 2 Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat
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»D.F. 2ª. Directrices de funcionamiento
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En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este decreto, mediante resolución del titular de la Secretaría Autonómica de Administración Pública, se aprobará el manual de instrucciones que será de obligado cumplimiento para todas las oficinas de registro incluidas en el ámbito de aplicación del presente decreto.
