Df 2 Modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de Madrid
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor
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El presente decreto entrará en vigor en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con excepción del capítulo IV, que entrará en vigor el día siguiente de dicha publicación.
Dado en Madrid, a 16 de septiembre de 2020.
El Consejero de Hacienda y Función Pública, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO
(03/22.809/20)
