Df 2 Organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria
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»D.F. 2ª. Facultades de desarrollo normativo.
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Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Sanidad para que, previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, adopte las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto.
