Df 2 Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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Este real decreto entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 12 de septiembre de 2008.
JUAN CARLOS R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ
