Df 2 Reglamento sobre condiciones sanitarias en los establecimientos y actividades de comidas preparadas
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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El presente Decreto entrará en vigor en el plazo de veinte días a partir de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».»
Zaragoza, a 23 de mayo de 2006.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
La Consejera de Salud y Consumo,
LUISA Mª NOENO CEAMANOS
