Df 2 suprime órganos colegiados y establece criterios para normalización en la creación de órganos colegiados en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 3 de junio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de Política Territorial y Administración Pública,
MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

