Df 29 Ley de Enjuiciamiento Civil
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»D.F. 29ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor al año de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 7 de enero de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno, JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ
Modificaciones
- Modificación realizada (D.F. 27ª. (pasa a ser la D.F. 29ª)) por Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil.
(BOE de 31-07-2015) en vigor desde 20-08-2015 - Modificación realizada por Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto, por el que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y se regulan competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico.
(BOE de 30-08-2011) en vigor desde 28-03-2012 - Modificación realizada por Ley 4/2011, de 24 de marzo, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía.
(BOE de 25-03-2011) en vigor desde 14-04-2011 - Modificación realizada por Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial.
(BOE de 04-11-2009) en vigor desde 04-05-2010 - Artículo modificado por LEY 19/2006, de 5 de junio, por la que se amplian los medios de tutela de los derechos de propiedad intelectual e industrial y se establecen normas procesales para facilitar la aplicacion de diversos reglamentos comunitarios.
(BOE de 06-06-2006) en vigor desde 07-06-2006