Df 3 condiciones para el reconocimiento de efectos profesionales a titulos extranjeros de especialista en Ciencias de la Salud, obtenidos en Estados no miembros de la UE
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»D.F. 3ª. Modificación del Reglamento de extranjería.
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El Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su modificación por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, contemplará las especificidades propias de los extranjeros habilitados profesionalmente como especialistas en Ciencias de la Salud de acuerdo con lo previsto en el presente real decreto, en el marco de la regulación de los procedimientos relativos a autorizaciones de residencia temporal y trabajo.
