Df 3 Disposiciones de aplicación de la Directiva 2010/35/UE sobre equipos a presión transportables
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»D.F. 3ª. Habilitación normativa.
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Se autoriza al Ministro de Industria, Turismo y Comercio, dentro del ámbito de sus competencias, a dictar las normas de desarrollo del presente real decreto, así como la adaptación del contenido de los anexos del mismo al progreso científico y tecnológico.

