Df 3 medidas 2025 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
D.F. 3ª. Entrada en vigor
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La presente ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
No obstante lo anterior, entrarán en vigor el 1 de enero de 2026 los siguientes preceptos: los artículos 36, 37 y 38 y el contenido de la letra b de la disposición derogatoria única, relativa al Decreto 266/1994, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento sobre el Régimen Económico Financiero y Tributario del canon de saneamiento.
Igualmente, entrará en vigor el 1 de enero de 2026 lo dispuesto en el artículo 35 por el que se modifica el capítulo V de la Ley 2/1992, de 26 de marzo, del Gobierno Valenciano, de saneamiento de aguas residuales de la Comunitat Valenciana.
- Modificación realizada (D.F. 3ª (se añade párrafo)) por DECRETO LEY 8/2025, de 10 de junio, del Consell, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de juego y en el ámbito tributario y económico-administrativo.
(GV de 11-06-2025) en vigor desde 12-06-2025 - Modificación realizada (D.F. 3ª) por CORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
(GV de 12-06-2025) en vigor desde 01-06-2025
