Df 3 se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León
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»D.F. 3ª.- Entrada en vigor.
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El presente decreto entrará en vigor en el plazo de veinte días desde su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, salvo la obligación de uso de la plataforma telemática indicada en el artículo 29 para la presentación de solicitudes, que producirá efectos a los dos años de dicha publicación.
Valladolid, 4 de septiembre de 2025.
El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
El Consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio,
Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández
