Df 3 Utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública
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»D.F. 3ª.- Entrada en vigor.
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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de febrero de 2011.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
P.S., LA VICEPRESIDENTA
DEL GOBIERNO
(Decreto 8/2011, de 9 de febrero, del Presidente),
María del Mar Julios Reyes.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
José Miguel Ruano León.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. 2ª (pasa a ser D.F. 3ª)) por DECRETO 123/2020, de 10 de diciembre, que modifica el Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
(CN de 24-12-2020) en vigor desde 25-12-2020
