Df 37 medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia
D.F. 37ª. Rango normativo.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
«Tienen carácter de ley ordinaria:
a) Los apartados ochenta y ocho, ochenta y nueve y ciento siete del artículo 1, que introducen, respectivamente, un nuevo capítulo IV y un nuevo capítulo V en el título I del libro V, así como una nueva sección 7.ª en el capítulo II del título V del libro VIII, compuesto por el artículo 620 bis, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
b) Los artículos 2 a 22 y 24, así como el apartado dos del artículo 23 que modifica el artículo 23.4 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
c) Las disposiciones adicionales segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima y octava.
d) La disposición transitoria decimocuarta.
e) Las disposiciones finales, con excepción de la sexta, la trigésima quinta, la trigésima sexta, la trigésima séptima y la trigésima octava, que tienen carácter orgánico.»
