Df 4 Normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
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El presente Real Decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 29 de diciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia,
MARIANO RAJOY BREY
