Df 4 regula la tramitacion de las reformas de vehiculos
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
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El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 2 de julio de 2010.
JUAN CARLOS R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ
ÍNDICE DE ANEXOS
ANEXO I. Tipificación de las reformas de vehículos.
ANEXO II. Informe de conformidad.
ANEXO III. Certificado del taller.
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