Df 4 Saneamiento de Aguas Residuales
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»D.F. 4ª.
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La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana».
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos, Tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta Ley.
Valencia, 26 de marzo de 1992
JOAN LERMA I BLASCO,
Presidente de la Generalitat Valenciana
