Df 5 Infancia y Adolescencia
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»D.F. 5ª. Garantías para el cumplimiento del derecho de la persona menor a ser oída y escuchada.
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La Consejería competente en materia de justicia llevará a cabo, en el plazo de un año, las medidas que garanticen el derecho reconocido en el artículo 47 de la presente ley.
