Df 5 Prevención y asistencia en materia de sustancias que puedan generar dependencia
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 5ª
Vigente
Se autoriza al Consejo Ejecutivo para dictar las normas necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen a su cumplimiento y que los Tribunales y Autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 25 de julio de 1985.
JOSEP LAPORTE I SALAS, JORDI PUJOL,
Consejero de Sanidad y Seguridad Social
Presidente de la Generalidad
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-08-1985 en vigor desde 27-08-1985