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LEY 20/1985, de 25 de julio, de prevención y asistencia en materia de sustancias que puedan generar dependencia. - Diario Oficial de Cataluña de 07-08-1985

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Marzo de 2023

F. entrada en vigor: 27/08/1985

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 572

F. Publicación: 07/08/1985


PREÁMBULO
TÍTULO PRIMERO. Del objeto de la Ley
Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3.
TÍTULO II. De las medidas preventivas generales
Artículo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7.
TÍTULO III. De las medidas de prevención y asistencia de la dependencia de drogas no institucionalizadas
Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo 12. Artículo 13. Artículo 14.
TÍTULO IV. De las medidas de control de la promoción de bebidas alcohólicas y de medidas de asistencia en la dependencia alcohólica
CAPÍTULO I. De las medidas de control
Artículo 15. Artículo 16. Artículo 17. Artículo 18. Artículo 19.
CAPÍTULO II. De las medidas de asistencia
Artículo 20. Artículo 21. Artículo 22. Artículo 23.
TÍTULO V. De las medidas de control de la promoción del tabaco y demás medidas
CAPITULO PRIMERO. De las medidas limitativas
Artículo 24. Artículo 25. Artículo 26. Artículo 27. Artículo 28.
CAPÍTULO II. De otras medidas
Artículo 29. Artículo 30.
TÍTULO VI. De otras dependencias
Artículo 31. Artículo 32.
TÍTULO VII. De las medidas de ordenación y demás medidas generales
CAPÍTULO I. De la ordenación
Artículo 33. Artículo 34. Artículo 35. Artículo 36. Artículo 37. Artículo 38.
CAPÍTULO II. De la coordinación
Artículo 39. Artículo 40. Artículo 41.
CAPÍTULO III. De la investigación
Artículo 42.
CAPÍTULO IV. De la financiación
Artículo 43. Artículo 44.
CAPÍTULO V. Del régimen sancionador
Artículo 45. Artículo 46. Artículo 47. Artículo 48. Artículo 49.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª. D.A. 3ª. D.A. 4ª.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª D.F. 2ª D.F. 3ª D.F. 4ª D.F. 5ª