Df 6 el que se regulan la...País Vasco

Df 6 el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Ver Indice
»

D.F. 6ª.-

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2013. En todo caso, las entidades de colaboración ambiental podrán realizar la comunicación prevista en el artículo 12 del presente Decreto a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 16 de octubre de 2012.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.

La Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca,

MARÍA DEL PILAR UNZALU PÉREZ DE EULATE.