Df 7 Reglamento de la Ley 5/2012, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria
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Se añade un último párrafo al artículo 9 del Decreto 92/2007, de 29 de mayo, por el que se regula el ejercicio de determinadas actividades de las Entidades de Previsión Social Voluntaria, con la siguiente redacción:
«El Plan de reequilibrio aprobado, podrá ser revisado, para su adaptación, antes de su finalización, de acuerdo con lo establecido en este artículo y previa aprobación del departamento del Gobierno Vasco competente en materia de entidades de previsión social.»
