Df 7 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local
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»D.F. 7ª.
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1. De conformidad con la Disposición transitoria primera de la Ley 7/1985, de 2 de abril:
a) Tienen carácter básico, en las materias reguladas por los cinco primeros títulos, los artículos 1; 2; 3.2; 12; 13; 14; 15; 16; 18: 22, inciso primero; 25; 26; 34; 48; 49; 50; 52; 54; 56; 57; 58; 59; 69, y 71.
b) En las materias reguladas por los Títulos VI y VII se inferirá el carácter básico de sus preceptos según disponga la legislación estatal vigente en aquéllas. En todo caso, tendrán carácter básico los artículos 151.a) ,167 y 169.
2. (Apartado derogado)
Modificaciones
- Modificación realizada por LEY 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
(BOE de 31-12-2002) en vigor desde 01-01-2003 - Modificación realizada por SENTENCIA 385/1993, DE 23 DE DICIEMBRE, DEL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN LOS RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD 826/1986, 839/1986 Y 842/1986, PROMOVIDOS POR EL PARLAMENTO DE CATALUÑA, EL GOBIERNO VASCO Y EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA CONTRA DETERMINADOS ARTICULOS DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 781/1986, DE 18 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE REGIMEN LOCAL. VOTO PARTICULAR.
(BOE de 27-01-1994) en vigor desde 27-01-1994 - Artículo modificado por Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
(BOE de 30-12-1988) en vigor desde 31-12-1988
