Df 8 Medidas de fomento d... en Aragón

Df 8 Medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón

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D.F. 8ª. Entrada en vigor.

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Esta Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", con excepción del capítulo VII de esta Ley, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los tribunales y autoridades a los que corresponda, que la hagan cumplir.

Zaragoza, 19 de diciembre de 2024.

El Presidente de Aragón,

JORGE AZCÓN NAVARRO