Df 9 Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras
D.F. 9ª. Modificación de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.
Se da nueva redacción al apartado 3 del artículo 32 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:
«3. Los Cuerpos y Escalas de Administración Especial del Grupo B son los siguientes:
- Cuerpo de Ingenieros Técnicos, en sus distintas especialidades según la titulación exigida.
- Cuerpo de Arquitectos Técnicos y Aparejadores.
- Cuerpo de Gestión Económico-Financiera.
- Cuerpo de Técnicos y Diplomados especialistas, en sus distintas especialidades según la titulación exigida.
En este Cuerpo existirán las siguientes Escalas:
- Escala de Inspectores de Consumo.
- Escala de Inspectores de Calidad y Fraude Alimentario.
- Escala de Formación Ocupacional.
- Escala de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
- Escala de Ayudantes de Biblioteca.
- Escala de Ayudantes de Archivo.
- Escala de Ayudantes de Museo.
- Escala de Educadores Sociales.»
- Texto Original. Publicado el 29-02-2012 en vigor desde 01-03-2012