Df única Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social
Ver Indice
»D.F. UNICA.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El presente Real Decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 1996.
Dado en Madrid a 7 de diciembre de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
