Disposicion Adicional . 1. Decreto n.º 13/2026, de 5 de marzo, Murcia
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»D.A. 1ª. Referencias contenidas en el decreto.
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1. Las referencias contenidas a "Certificados profesionales", se entenderán hechas a "Certificados de profesionalidad" mientras mantengan su vigencia la ordenación de estos últimos.
2. Las referencias contenidas al "Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales", se entenderán hechas al "Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales" mientras mantenga su vigencia la ordenación de este último.
3. Las referencias contenidas a "Estándares de competencias" se entenderán hechas, asimismo, a "Unidades de competencia" mientras mantengan su vigencia la ordenación de estas últimas.
