Disposicion Adicional . 1. Ley 1/2026, de 26 de marzo, Castilla-La Mancha
D.A. 1ª. Fondo de Apoyo a la Lucha contra la Despoblación.
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1. Se crea el Fondo de Apoyo a la Lucha contra la Despoblación (Fondo Reto D), cuya dotación económica se concretará en las leyes anuales de presupuestos.
2. El Fondo de Apoyo a la Lucha contra la Despoblación (Fondo Reto D) se financiará con los recursos procedentes del canon eólico regulado en la Ley 9/2011, de 21 de marzo, por la que se crean el Canon Eólico y el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía en Castilla-La Mancha, y, con los recursos procedentes del canon de participación urbanística regulado en el artículo 64.3 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero.
3. Los recursos del Fondo de Apoyo a la Lucha contra la Despoblación (Fondo Reto D) se destinarán al cumplimiento de los objetivos previstos en el artículo 4 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, en especial, las medidas incluidas en la Estrategia Regional Frente a la Despoblación en Castilla-La Mancha a la que se refiere el artículo 18 de la citada ley y deberán respetar la afectación legalmente establecida tanto para los recursos del canon eólico en la ley de presupuestos vigente en cada momento, como para los recursos del canon de participación urbanística en el artículo 64.3 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
4. Las competencias para la gestión del Fondo de Apoyo a la Lucha contra la Despoblación (Fondo Reto D) se determinarán por decreto del Consejo de Gobierno."
