Disposicion Adicional . 1ª. Fondo de gestión de las reservas de caza.. ORDEN MAT/897/2026, de 5 de junio, Aragón, Plan General de Caza para la temporada 2026-2027
D.A. 1ª. Fondo de gestión de las reservas de caza.
1. En aquellas reservas de caza en las que más del 70 % de la propiedad lo acuerde, se activará el funcionamiento del fondo de gestión creado mediante el artículo 14.7 de la Ley 1/2015, de 12 de marzo. Esta activación tendrá un periodo temporal mínimo de cinco años y podrá desactivarse según se expone en el apartado 4. La activación del fondo se aprobará mediante resolución de la Dirección General competente en materia de caza.
2. Para las votaciones de la propiedad en la reserva referidas a la activación del fondo de gestión, el valor de cada voto individual será proporcional al número de hectáreas de las que disponga cada persona o entidad votante sobre el total de hectáreas de la propiedad dentro de la reserva.
3. En las reservas en las que se haya activado el fondo de gestión se procederá del siguiente modo:
a) El conjunto de propietarios será adjudicatario de todos los permisos de caza a rececho aprobados en el plan de aprovechamientos de la reserva, así como de aquellos otros que se puedan determinar en dicho plan.
b) De cada tipo de permiso recibido por el conjunto de propietarios se podrá establecer en el plan de aprovechamiento de la reserva un porcentaje mínimo de permisos para cazadores autonómicos y otro para locales, así como las cuotas a aplicar a dichos permisos.
c) Deberá constituirse una asociación de propietarios que será la interlocutora con la administración a los efectos del fondo de gestión. En la asociación deberán incluirse todos los propietarios que lo soliciten.
d) Todos los propietarios están obligados al ingreso en el fondo de gestión de la reserva del cuarenta por ciento sobre el importe de los aprovechamientos cinegéticos realizados.
e) El fondo de gestión se constituirá como una única cuenta corriente cuyo titular será la asociación de propietarios.
f) Los propietarios estarán exentos de ingresar al Gobierno de Aragón la cuota de entrada por los permisos recibidos para la caza en estas reservas.
g) Los ingresos del fondo de gestión se destinarán a la financiación de inversiones y contratos para el funcionamiento y mejoras de la propia reserva.
h) La asociación de propietarios propondrá por escrito inversiones y gastos a realizar. El servicio provincial competente en materia de caza que corresponda por razón de territorio decidirá y autorizará las inversiones y gastos a realizar de entre los propuestos para ser abonados con cargo al fondo de gestión.
4. En aquellas reservas de caza en las que se haya activado el fondo de gestión podrá desactivarse el mismo si más del 70 % de la propiedad lo acuerda y se sustentará formalmente mediante resolución de la Dirección General competente en materia de caza.

