Disposicion Adicional 13 Orden de 24 de julio de 2013, Aragón, Prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
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»D.A. 13ª. Convenio de colaboración.
Vigente
El Instituto Aragonés de Servicios Sociales, previa autorización del Gobierno de Aragón, podrá formalizar un convenio de colaboración con las entidades del tercer sector más representativas de las personas afectadas por esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, entre cuyos objetivos se incluirán el asesoramiento e impartición de formación a las personas que estén prestando los servicios de asistencia personal y ayuda a domicilio a las personas afectadas por estas enfermedades.
Modificaciones
- Artículo modificado (se añade) por ORDEN DBF/993/2026, de 24 de junio, por la que se modifica la Orden de 24 de julio de 2013, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, reguladora de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la capacidad económica de los beneficiarios y su participación en el coste de los servicios, en la Comunidad Autónoma de Aragón. (AR de 08-07-2026) en vigor desde 09-07-2026

