Disposicion Adicional 2 ... desamparo

Disposicion Adicional 2 Decreto 37/2006, de 25 de mayo, Castilla y León, Acogimientos familiares de menores en situación de riesgo o de desamparo

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D.A. 2.ª-Delegación de la guarda para estancias temporales.

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1. A fin de que los menores en acogimiento familiar o residencial puedan disponer de experiencias familiares y hacer posible el fomento de relaciones afectivas positivas que favorezcan su desarrollo y la creación de nuevos vínculos, podrán acordarse delegaciones de guarda para estancias temporales.

2. Atendiendo a su finalidad y los tiempos de duración, las estancias podrán tener las siguientes modalidades:

  • a) Estancias vacacionales durante los periodos no lectivos
  • b) Estancias durante periodos lectivos, para cursar estudios.