Disposicion Adicional . 5. Ley 1/2026, de 20 de febrero, Andalucía
Ver Indice
»D.A. 5ª. Registro de centros docentes de educación superior universitaria.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los centros docentes de educación superior universitaria radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía serán inscritos de oficio, a efectos informativos, en un registro público dependiente de la Consejería competente en materia de universidades, de acuerdo con el procedimiento y las condiciones que se establezcan reglamentariamente, debiendo asegurar la disponibilidad de información útil desde la perspectiva de género.
