Disposicion Adicional . 5. Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo
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»D.A. 5ª. Puesta en funcionamiento de la solución pública de facturación electrónica.
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La solución pública de facturación electrónica deberá estar disponible para los empresarios y profesionales obligados a emitir y recibir facturas electrónicas al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva de este real decreto, de acuerdo con la disposición final cuarta.
