Disposicion Adicional 6 Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias de Cataluña
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»D.A. 6.ª Función de inspección en los municipios rurales.
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En los municipios rurales la función de inspección a que se refiere el capítulo I del título IX de esta ley es ejercida por la Administración de la Generalitat, a través de la dirección general competente en materia de comercio.
Modificaciones
- Artículo modificado (se añade) por Ley 12/2025, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley 18/2017, de comercio, servicios y ferias, y del Decreto ley 1/2009, de ordenación de los equipamientos comerciales (GC de 31-12-2025) en vigor desde 01-01-2026
