Disposicion Adicional . 7. Ley 1/2026, de 20 de febrero, Andalucía
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»D.A. 7ª. Comunicación de actuaciones en materia de universidades de otros órganos de la Administración de la Junta de Andalucía.
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Las aportaciones económicas que sean de la competencia de órganos distintos a la Consejería competente en materia de universidades, en las que sean destinatarias, beneficiadas o parte interesada las universidades del sistema universitario andaluz, fundaciones, sociedades o entidades dependientes, deberán ser comunicadas a la Secretaría General competente en materia de universidades para su inclusión en la Estrategia Universitaria para Andalucía.
