Disposicion Adicional U... Guipuzkoa

Disposicion Adicional . UNICA. No compensación de deudas aplazadas y fraccionadas con subvenciones.. Decreto Foral-Norma 2/2026, de 14 de abril, Guipuzkoa

Ver Indice
»

D.A. UNICA. No compensación de deudas aplazadas y fraccionadas con subvenciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



No obstante lo previsto en el artículo 72.1 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y en la letra c) del artículo 38.3 y la letra b) del artículo 44.1.A del Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa, aprobado por el Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto, la diputada o el diputado foral del Departamento de Hacienda y Finanzas podrá resolver la no compensación de deudas aplazadas o fraccionadas con aquellas subvenciones y ayudas convocadas por la Diputación Foral de Gipuzkoa que tengan por objeto mitigar el impacto de la Crisis en Oriente Medio, cuya no compensación haya sido previamente solicitada motivadamente por parte de la diputada o del diputado foral del departamento competente para realizar dichas convocatorias.