Disposicion Final . 2. DECRETO FORAL 21/2026, de 18 de marzo, Bizkaia
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»D.F. 2ª. -Entrada en vigor
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1. Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».
2. El Reglamento del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud del Territorio Histórico de Bizkaia tendrá efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2025.
En Bilbao, a 18 de marzo de 2026.
La diputada foral de Hacienda y Finanzas
ITXASO BERROJALBIZ ZABALA
La Diputada General
ELIXABETE ETXANOBE LANDAJUELA
