DECRETO FORAL 21/2026, de 18 de marzo, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud del Territorio Histórico de Bizkaia.
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Ambito: Bizkaia
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Marzo de 2026
F. entrada en vigor: 24/03/2026
Órgano emisor: Diputación Foral de Bizkaia
Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 55
F. Publicación: 23/03/2026
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preámbulo
Artículo Único.-Aprobación del Reglamento del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud del Territorio Histórico de Bizkaia
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. -Habilitación normativa
D.F. 2ª. -Entrada en vigor
REGLAMENTO DEL IMPUESTO COMPLEMENTARIO PARA GARANTIZAR UN NIVEL MÍNIMO GLOBAL DE IMPOSICIÓN PARA LOS GRUPOS MULTINACIONALES Y LOS GRUPOS NACIONALES DE GRAN MAGNITUD DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA
TÍTULO I. ÁMBITO SUBJETIVO
Artículo 1.-Actividades auxiliares a las realizadas por organizaciones sin ánimo de lucro.
Artículo 2.-Mutua de seguros regulada
TÍTULO II. AJUSTES EN LA DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE Y DE LOS IMPUESTOS CUBIERTOS AJUSTADOS
Artículo 3.- Desajuste en los ejercicios económicos o fiscales de la entidad matriz última y de las entidades constitutivas del grupo multinacional o nacional de gran magnitud
Artículo 4.-Ajustes por cobertura de la inversión neta en negocios en el extranjero y por ingresos derivados de quitas
Artículo 5.-Exclusión de rentas vinculadas a la sustancia económica
Artículo 6.-Tratamiento de créditos fiscales
Artículo 7.-Importe total del ajuste por impuestos diferidos
Artículo 8.-Tratamiento de los impuestos cubiertos ajustados negativos del periodo impositivo en una jurisdicción en la que se obtengan ganancias admisibles netas
Artículo 9.-Opción por la inclusión de ganancias o pérdidas de capital y tratamiento de las participaciones cualificadas en entidades transparentes
Artículo 10.-Ajuste por ganancias o pérdidas de capital excluidas y dividendos excluidos
Artículo 11.-Ajustes para determinar las ganancias o pérdidas admisibles de las entidades aseguradoras
Artículo 12.-Exclusión de la renta derivada del transporte marítimo internacional
Artículo 13.-Entidad matriz última transparente
Artículo 14.-Sistemas tributarios de distribución admisibles
TÍTULO III. CÁLCULO DEL IMPUESTO COMPLEMENTARIO
Artículo 15.-Aplicación de la regla de inclusión de rentas en el supuesto de entidades constitutivas que se incluyen y excluyen de un grupo multinacional o nacional de gran magnitud
TÍTULO IV. DECLARACIÓN INFORMATIVA DEL IMPUESTO COMPLEMENTARIO
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 16. -Habilitación.
Artículo 17.-Contenido
Artículo 18.-Comunicación de la entidad declarante y plazo para la presentación de la declaración informativa y demás comunicaciones
Artículo 19.-Intercambio de información en caso de grupos multinacionales
CAPÍTULO II. INFORMACIÓN DEL GRUPO MULTINACIONAL O DEL GRUPO NACIONAL DE GRAN MAGNITUD
Artículo 20.-Identificación de la entidad declarante e información general del grupo
Artículo 21.-Información sobre la estructura del grupo e identificación de las entidades constitutivas del grupo
Artículo 22.-Información resumida de cada jurisdicción
CAPÍTULO III. PUERTOS SEGUROS Y OTROS SUPUESTOS DE NO EXIGIBILIDAD DEL IMPUESTO COMPLEMENTARIO
Artículo 23.-Puertos seguros y otros supuestos de no exigibilidad del impuesto complementario para los grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud
Artículo 24.-Otros supuestos de no exigibilidad transitoria del impuesto complementario para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud
CAPÍTULO IV. CÁLCULO DE LOS IMPUESTOS COMPLEMENTARIOS GENERADOS Y EXIGIDOS EN LAS DISTINTAS JURISDICCIONES EN LAS QUE EL GRUPO TENGA PRESENCIA
Artículo 25.-Información jurisdiccional del grupo multinacional o nacional de gran magnitud
Artículo 26.-Información sobre el cálculo del tipo impositivo efectivo jurisdiccional
Artículo 27.-Información sobre el ejercicio de opciones por jurisdicción
Artículo 28.-Información individual por entidad constitutiva
Artículo 29.-Información sobre el cálculo del impuesto complementario generado en jurisdicciones con nivel impositivo bajo
Artículo 30.-Información sobre el cálculo de los impuestos complementarios exigidos a las distintas entidades constitutivas del grupo multinacional o nacional de gran magnitud
TÍTULO V. INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 31.-Desarrollo del régimen sancionador.
TÍTULO VI. AUTOLIQUIDACIÓN
Artículo 32.-Autoliquidación.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.-No exigibilidad transitoria del impuesto complementario para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.
D.T. 2ª.-Declaración informativa simplificada
D.T. 3ª.-Plazos de presentación de la primera declaración informativa y primera autoliquidación
