Disposicion Final . 4ª. Entrada en vigor.. RD. 467/2026, de 10 de junio, se regulan la devolución y destrucción de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y de medicamentos estupefacientes por las oficinas y servicios de farmacia
Ver Indice
»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
Vacatio legis
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El presente real decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2026.
Dado el 10 de junio de 2026.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
