Disposicion Transitoria . 5. Ley 1/2026, de 20 de febrero, Andalucía
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»D.T. 5ª. Adaptación del órgano de control interno de las universidades públicas.
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Las universidades tendrán que hacer efectiva la incorporación de un interventor o interventora, en los términos señalados en el artículo 58.2, en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de esta ley.
