Dt 1 Catálogo de espectáculos públicos y actividades recreativas y establecimientos públicos, instalaciones y espacios abiertos en se desarrollan
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»D.T. 1ª. Plazos para la adaptación de las licencias en vigor a las categorías del presente catálogo.
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Copiloto jurídico
En el plazo de un año desde la entrada en vigor del presente decreto, los Ayuntamientos adecuarán las licencias u otros títulos habilitantes en vigor a las tipologías previstas en el catálogo, adaptando sus ordenanzas municipales o por el mecanismo jurídico que consideraran más oportuno.
