Dt 1 Identificación, censos municipales y registro de animales de compañía
Ver Indice
»D.T. 1ª. Animales de compañía nacidos con anterioridad a la creación del Registro de Identificación que no estén identificados.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los propietarios de animales de compañía, para los que la identificación resulte obligatoria de acuerdo con lo previsto en este Decreto, nacidos con anterioridad a la creación del Registro de Identificación que no hayan sido identificados dispondrán de un periodo de seis meses desde la entrada en vigor de este Decreto para proceder a su identificación.
