Dt 1 Presupuestos 2013 C. Valenciana
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»D.T. 1ª. De las retribuciones del personal laboral
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En tanto no se formalice el convenio o convenios a los que se refiere el artículo 32 de la presente ley, las retribuciones del personal laboral se sujetarán a lo previsto en el artículo 24 de la presente ley, sin perjuicio, en su caso, de ulteriores regularizaciones.
